¿Qué son los pagos fraccionados? 📆

Los pagos fraccionados son anticipos que autónomos y empresas deben realizar a lo largo del año a cuenta del IRPF (Impuesto sobre la Renta) o del IS (Impuesto de Sociedades). Su objetivo es evitar que el contribuyente lo pague todo de golpe al presentar la declaración anual.

¿Quién está obligado a hacerlos?

Están obligados:

  • 👤 Autónomos en estimación directa: presentan el modelo 130.
  • 🏢 Sociedades (SL, SA, etc.): presentan el modelo 202.
  • 👨‍🏫 Profesionales sin retención suficiente también están incluidos.

En cambio, los autónomos en módulos usan el modelo 131, salvo que estén exentos.

¿Cómo se calculan?

En estimación directa simplificada (modelo 130), se calcula el 20 % del beneficio (ingresos – gastos). Si ya se han retenido cantidades en facturas, esas se descuentan del pago a realizar.

En sociedades (modelo 202), se calcula según el resultado contable y la cuota del impuesto de sociedades del año anterior.

¿Cuándo se presentan?

Se presentan de forma trimestral en los siguientes plazos:

  • 🗓️ 1T: del 1 al 20 de abril
  • 🗓️ 2T: del 1 al 20 de julio
  • 🗓️ 3T: del 1 al 20 de octubre
  • 🗓️ 4T: del 1 al 30 de enero (modelo 130 únicamente, si aplica)

¿Qué pasa si no se presentan?

No presentar los pagos fraccionados o hacerlo fuera de plazo conlleva recargos e intereses. Además, puede afectar negativamente en futuras regularizaciones o inspecciones fiscales.